domingo, 15 de agosto de 2010

Proyecto de Ley de declaración de Emergencia del Espacio Público en la zona centro de Liniers


[Liniers, agosto de 2010] Este proyecto creado por el Dr. Roberto Braccini (Secretario General de CCARI Comuna 9) y Tito Piscitelli, fué presentado en la Legislatura porteña por el Diputado Sergio Abrevaya. Actualmente, el proyecto se esta debatiendo en la Comisión de Protección y Uso del Espacio Publico esperando despacho y de allí que sea tratado en el recinto.


PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- Declarase la Emergencia del Espacio Público por el término de 730 (setecientos treinta) días a partir de la sanción de la presente Ley, en el eje delimitado por la Av. General Paz, Av. Juan B. Justo, Av. Bacacay, Irigoyen, Vías del Ferrocarril Sarmiento, Timoteo Gordillo y Ventura Bosch.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo formulará dentro de los sesenta (60) días de promulgada la presente un programa de ordenamiento y puesta en valor para el polígono señalado en el artículo 1, y en los siguientes trescientos sesenta (670) días ejecutará las acciones necesarias para llevar adelante el programa. Dichos programas y acciones deberán incluir: a. Plan de relocalización y ordenamiento de las paradas de ascenso y descenso de las líneas de transporte masivo por automotor de pasajeros, con el objetivo de evitar el congestionamiento de personas y tránsito vehicular en horas pico. b. La verificación de la situación dominial, impositiva y estado edilicio de los inmuebles y predios del polígono. c. En función del punto anterior, los inmuebles de propiedad del Gobierno de la Ciudad que se encuentren sin uso deberán contemplar el desarrollo de proyectos prioritariamente culturales-educativos o de creación de espacios verdes. d. La verificación de las habilitaciones correspondientes y la correspondencia entre las actividades habilitadas y las efectivamente desarrolladas, priorizando las que implican el expendio de alimentos y bebidas. e. La puesta en valor de todas las arterias y aceras dentro del polígono. La misma debe incluir la reparación de veredas y bandas de rodamiento, el recambio o repotenciación del alumbrado público, el mantenimiento y análisis de la capacidad de sumideros, el control y optimización de los servicios de higiene urbana y la mejora de la Señalización Horizontal y Vertical en el área mencionada. f. La aplicación de políticas tendientes a resolver la superposición, entre las actividades barriales residenciales y los usos devenidos de las afectaciones a distritos comerciales y/o de equipamiento actuales. g. El control sobre la ocupación indebida del espacio público y la venta ambulante no autorizada, accionando frente al incumplimiento de las normas vigentes. h. El estudio de impacto ambiental consecuencia de la concentración de vehículos de transporte en las arterias del polígono y puesta en marcha de políticas de mitigación de polución acústica. i. Gestiones para proveer de mayor seguridad y presencia policial en la zona delimitada en el artículo 1º.
Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, serán imputados a las partidas presupuestarias correspondientes. Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, etc.

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